El jurado del CITES condenará o salvará al atún rojo y tiburones

banco de atún rojo

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La Convención sobre el Comercio de Especies amenazadas empezará este sábado en Qatar

En los últimos 40 años las poblaciones de atún rojo han disminuido en un 85%

cites, logo La Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado 2010 el año internacional de la biodiversidad y la Conferencia de la CITES constituirá una de las ocasiones principales de que dispondrán los gobiernos este año para tomar medidas encaminadas a proteger la biodiversidad.

En la conferencia trienal mundial (Decimoquinta reunión de la Conferencia de las Partes) de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) se van a proponer nuevas medidas para conservar y gestionar de forma sostenible el atún rojo del Atlántico y el elefante, así como una serie de tiburones, corales, reptiles, insectos y plantas.

La conferencia empezará este sábado día 13 de marzo de 2010 en Doha, Qatar, y finalizará el 25 de marzo.

Tratará del futuro de algunas de las especies marinas más amenazadas del mundo, entre ellas el atún rojo, ocho especies de tiburones (cailón, mielga, tiburón oceánico de puntas blancas, tiburón martillo, tiburón arenero, tiburón trozo, tiburón martillo cruz y tiburón martillo gigante), y 31 especies de corales. 175 países deberán tomar medidas y llegar a acuerdos para preservar estas especies de una posible extinción.

A la cita se llega con el debate internacional que se ha abierto en torno a la prohibición completa del atún rojo del Atlántico y Mediterráneo, una propuesta lanzada por Mónaco y apoyada por diversas organizaciones, como la ONU, el grupo de conservación marina Oceana, WWF/Adena, Greenpeace, y países como Estados Unidos, Costa Rica e incluso la Unión Europea, para incluir esta especie en el Apéndice I de la Convención, así como medidas de protección sobre las ocho especies de tiburones citadas y algunos corales, que serían recogidas en el Apéndice II de CITES.

Thunnus thynnus El Comisario de Medio Ambiente de la UE, Janez Potocnik, ha declarado que el Atún Rojo "Sufre una amenaza muy seria. Hemos visto una disminución del 85% en las poblaciones de atún, por lo que el colapso es una posibilidad real".

Para que los otros Estados presentes "tomen en serio" la propuesta Europea, Potocnik dice que presentará cifras para demostrar que sería la región más afectada por una prohibición. "Queremos que nadie nos pueda acusar de proponer medidas que afectan a los demás más que a nosotros mismos. Esperamos que esto nos dé la legitimidad para llevar la propuesta adelante".

El objetivo es pues, incluir al atún rojo (Thunnus thynnus) en el Apéndice I de Cites, donde se enumeran las especies que han sufrido una caída drástica en sus poblaciones y se establecen medidas concretas para recuperarlas (ver más abajo *).

En este sentido, en diciembre de 2009 la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) ya dio su respaldo a la inclusión del atún rojo en el Apéndice I de Cites, y países como Francia e Italia, que cuentan con las principales flotas pesqueras de esta especie, también apoyan la restricción a su comercio.

En caso de aprobarse, la prohibición estaría vigente hasta que se compruebe la recuperación de la población de la especie marina.

Por otro lado, Estados Unidos propone medidas de protección a estas especies de tiburón: cachona, martillo gigante y martillo liso, trozo, arenero y el conocido como tiburón oceánico. Suecia, en nombre de la Unión Europea, apadrina la protección del tiburón denominado marrajo sardinero y el tiburón espinoso, que es muy apreciado en Europa por los comercios de comidas rápidas que sirven los platos de pescado frito y patatas fritas.

mercado, lonja de atún en Japón Según datos de la FAO, el 52 por ciento de las existencias de peces marinos o de grupos de especies se encuentran bajo una explotación plena, mientras que un 19 por ciento están sobreexplotadas, y un nueve por ciento agotadas o recuperándose del agotamiento al que se les ha llevado. Cabe la probabilidad de que se haya alcanzado el potencial máximo de captura de pesca silvestre en los océanos del mundo y, por ende, se requiere un enfoque más controlado de la pesca.

A modo de ejemplo, un atún rojo de 232,6 kilos (512 libras) se vendió este año a un precio casi récord de 16,28 millones de Yenes Japoneses ($176.000 dólares), en el famoso mercado de pescado Tsukiji, en Tokio.

Frenar este panorama de devastación natural es un reto inaplazable para CITES en la próxima Convención.

(*) Notas sobre la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES (Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora)

El hombre utiliza miles de especies de fauna y de flora silvestres en sus vidas diarias como alimento, alojamiento, atención de salud, cosméticos o artículos de moda. La CITES reconoce que el comercio de esos animales y plantas puede beneficiar tanto a la conservación como a los medios de subsistencia de la población local.

Sin embargo, el comercio no reglamentado de especies silvestres puede afectar seriamente a las poblaciones de las especies, en particular las que ya son vulnerables debido a otros factores, como la pérdida del hábitat. Los gobiernos respondieron a esta preocupación adoptando la CITES en 1973, a fin de regular el comercio internacional de especies silvestres y garantizar que se mantiene a un nivel sostenible. Con 175 Partes, la CITES sigue siendo uno de los instrumentos más poderosos del mundo para lograr la conservación de la biodiversidad mediante la reglamentación del comercio de la fauna y la flora silvestres.

Incluso si se prescinde de la pesca comercial y la industria maderera, el comercio internacional de especies silvestres es un negocio muy lucrativo, cuyo valor se estima en miles de millones de dólares anualmente y afecta a más de 350 millones de especímenes de animales y plantas cada año. El comercio internacional no reglamentado puede llevar a las especies amenazadas y en peligro al borde de la extinción, especialmente cuando se combina con la pérdida del hábitat y otras presiones.

Atún rojo El Convenio CITES protege a más de 33.000 especies que están recogidas en tres Apéndices. De ellas aproximadamente 28.000 son de plantas (85%) y 5.000 son de animales (15%):

Apéndice I: incluye las especies de animales y plantas sobre las que pesa un mayor peligro de extinción. El comercio de estas especies capturadas o recolectadas en sus hábitats naturales está prohibido y sólo se permite bajo circunstancias excepcionales, por ejemplo, para la investigación científica. En este caso, puede autorizarse el comercio concediendo un permiso de exportación (o certificado de reexportación) y un permiso de importación.

En el Apéndice I están incluidas unas 530 especies de animales y un poco más de 300 especies de plantas, entre otras, todos los grandes simios, varios grandes felinos, como el guepardo, el leopardo nival y el tigre, numerosas aves de presa, grullas y faisanes, todas las tortugas marinas, muchas especies de cocodrilos, galápagos y serpientes y varios cactus y orquídeas.
 
Apéndice II: incluye las especies que, si bien en la actualidad no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, podrían llegar a estarlo a menos que se controle estrictamente su comercio. Incluye también especies de apariencia similar a otras incluidas en los Apéndices CITES, a fin de garantizar un mejor control de las anteriormente citadas. El comercio de animales y plantas, capturados o recolectados en el medio silvestre, y nacidos en cautividad o reproducidos artificialmente, está permitido, si bien está reglamentado. El comercio puede autorizarse concediendo un permiso de exportación o un certificado de reexportación.

El Apéndice II ampara a más de 4.460 especies de animales y 28.000 especies de plantas, incluyendo, entre otros, todos los primates, felinos, cetáceos, loros, cocodrilos y orquídeas que no figuran en el Apéndice I.

Apéndice III: incluye las especies sujetas a reglamentación dentro del territorio de un país Parte el cual necesita la cooperación de otros países con el fin de impedir o restringir su explotación. Se precisa un permiso de exportación CITES cuando el espécimen es originario del país que ha solicitado la inclusión de esa especie en el Apéndice III, o un certificado de origen expedido por la Autoridad Administrativa CITES del país exportador, o re-exportador, en el resto de los casos.  En este Apéndice figuran más de 290 especies.

El sistema que establece el Convenio consiste, en esencia, en la obtención de permisos de exportación en el país de origen y de importación en el de destino, así como en la emisión de certificaciones para las excepciones previstas en el Convenio, de forma que toda mercancía objeto de comercio exterior se encuentre perfectamente documentada y se conozca su origen, destino y motivo por el que es objeto de comercio.

Las propuestas para la Convención pueden consultarse en: //www.cites.org/esp/cop/15/prop/index.shtml

Decimoquinta reunión de la Conferencia de las Partes (COP 15)

Actualización: La Unión Europea mantendrá una posición común en relación con el atún rojo y CITES

La Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente informa de que la Unión Europea ha alcanzado hoy una posición común en relación con el atún rojo y CITES.

La propuesta de incluir el atún rojo en el Apéndice I de CITES, es decir la prohibición de su comercio internacional, está condicionada a la evaluación que la Organización Regional de Pesca ICCAT realizará en noviembre de este año, una vez conocidos los informes científicos sobre los resultados del Plan de Recuperación de este stock actualmente en vigor.

Posteriormente según esta propuesta, el Comité Permanente de CITES deberá, por su parte, examinar si ICCAT ha puesto en marcha los nuevos requisitos para garantizar el cumplimiento del plan de recuperación.

En el caso de que el Comité Permanente de CITES considere que ICCAT ha cumplido su cometido propondrá a la Conferencia de las Partes, antes del 1 de mayo, que el atún rojo no se incluya en el Apéndice I de CITES.

En caso contrario, es decir, que haya de incorporarse el atún rojo en el Apéndice I, la Comisión Europea deberá garantizar la posibilidad del comercio intracomunitario del atún rojo capturado por las modalidades de pesca artesanal, y además, deberá examinar la puesta en marcha de un apoyo financiero a los sectores afectados por esta medida.

Esta posición común recoge las orientaciones aprobadas por el Parlamento Europeo en su reunión del pasado febrero.

Etiquetas: Atún rojoTiburónMediterráneoCITES

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